Calculadora de Aguinaldo México 2026 con Exención de ISR
Calcula tu aguinaldo neto de fin de año (mínimo legal de 15 días o superior), la parte proporcional si no trabajaste el año completo y la exención de 30 UMA de ISR.
Calcula tu aguinaldo neto de fin de año (mínimo legal de 15 días o superior), la parte proporcional si no trabajaste el año completo y la exención de 30 UMA de ISR.
Calcula tu aguinaldo neto de fin de año (mínimo legal de 15 días o superior), la parte proporcional si no trabajaste el año completo y la exención de 30 UMA de ISR. Calcule sus resultados al céntimo según la normativa oficial vigente de Aguinaldo Ley 2026 (ECB • ISO Standard) mediante el motor matemático determinista IEEE-754 (Decimal.js) de Calconova.
Salario base mensual establecido en contrato de trabajo.
El mínimo de ley obligatorio en México es de 15 días pagados antes del 20 de diciembre.
Indica 365 si trabajaste el año completo, o los días transcurridos si ingresaste después.
Aguinaldo = \frac{Días\ Trabajados}{365} \times Días\ de\ Aguinaldo \times Salario\ DiarioEl artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece el derecho irrenunciable a percibir al menos 15 días de salario como aguinaldo antes del 20 de diciembre. Conforme al artículo 93 fracción XIV de la Ley del ISR, los primeros 30 valores de la UMA ($3,257.10 MXN) están completamente exentos del impuesto sobre la renta.
Tablas de referencia oficiales según normativas de SAT, IMSS, LFT e Infonavit.
Todos los cálculos, proyecciones fiscales y estimaciones de nómina mostrados en esta página tienen fines exclusivamente informativos y educativos. En ningún caso constituyen asesoramiento fiscal, contable, laboral o legal vinculante. Las retenciones reales de ISR, cuotas obrero-patronales del IMSS, subsidio al empleo y factores de integración pueden variar según el perfil del contribuyente y disposiciones de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Calconova declina expresamente toda responsabilidad por las decisiones tomadas sobre la base de estos cálculos. Se recomienda consultar con un contador público certificado (CPC) o asesor laboral autorizado antes de ejecutar obligaciones financieras o declaraciones fiscales.
El patrón tiene la obligación legal de pagar el aguinaldo a más tardar el 20 de diciembre de cada año. Si no se paga a tiempo, el patrón puede ser multado por la Secretaría del Trabajo (STPS).
Sí, la ley garantiza que cualquier trabajador que no haya cumplido el año de servicio tiene derecho irrenunciable a recibir la parte proporcional correspondiente a los días efectivamente trabajados.
En 2026, los primeros $3,257.10 pesos (equivalentes a 30 UMA diarias) están 100% exentos de ISR. Si tu aguinaldo es menor a esa cifra, no pagarás ni un solo peso de impuesto.
No, la Ley Federal del Trabajo prohíbe terminantemente pagar el aguinaldo en mercancías, vales o fichas. Debe pagarse en moneda de curso legal (efectivo o transferencia bancaria directa).
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