Calculadora de Recargos y Actualizaciones SAT México 2026
Calcula el costo de pagar impuestos extemporáneos ante el SAT: actualización por inflación (INPC Art. 17-A CFF) y recargos moratorios mensuales (1.47% Art. 21 CFF).
Calcula el costo de pagar impuestos extemporáneos ante el SAT: actualización por inflación (INPC Art. 17-A CFF) y recargos moratorios mensuales (1.47% Art. 21 CFF).
Calcula el costo de pagar impuestos extemporáneos ante el SAT: actualización por inflación (INPC Art. 17-A CFF) y recargos moratorios mensuales (1.47% Art. 21 CFF). Calcule sus resultados al céntimo según la normativa oficial vigente de Tasas y Factores SAT 2026 (ECB • ISO Standard) mediante el motor matemático determinista IEEE-754 (Decimal.js) de Calconova.
Monto del impuesto adeudado en la fecha en que debió haberse pagado originalmente.
Número de meses o fracción de mes transcurridos desde el vencimiento legal hasta la fecha de pago proyectada.
Inflación estimada del periodo para calcular el Factor de Actualización del Índice Nacional de Precios al Consumidor.
Tasa oficial fijada en la Ley de Ingresos de la Federación (1.47% mensual por mora ordinaria).
Total = \underbrace{Adeudo \times Factor_{INPC}}_{Actualizado} + \underbrace{\left(Actualizado \times [Meses \times 1.47\%]\right)}_{Recargos\ Moratorios}El Código Fiscal de la Federación establece dos accesorios obligatorios al pagar impuestos con atraso: 1) La actualización monetaria con base en el INPC para restituir el valor del dinero frente a la inflación (Art. 17-A CFF), y 2) Los recargos por mora del 1.47% mensual que se calculan sobre el monto ya actualizado (Art. 21 CFF).
Tablas de referencia oficiales según normativas de SAT, IMSS, LFT e Infonavit.
Todos los cálculos, proyecciones fiscales y estimaciones de nómina mostrados en esta página tienen fines exclusivamente informativos y educativos. En ningún caso constituyen asesoramiento fiscal, contable, laboral o legal vinculante. Las retenciones reales de ISR, cuotas obrero-patronales del IMSS, subsidio al empleo y factores de integración pueden variar según el perfil del contribuyente y disposiciones de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Calconova declina expresamente toda responsabilidad por las decisiones tomadas sobre la base de estos cálculos. Se recomienda consultar con un contador público certificado (CPC) o asesor laboral autorizado antes de ejecutar obligaciones financieras o declaraciones fiscales.
La tasa mensual ordinaria de recargos por mora establecida en la Ley de Ingresos de la Federación es del 1.47% por cada mes de retraso. Si se trata de un pago en parcialidades o prórroga autorizada, la tasa varía entre 0.98% y 1.82% mensual según el plazo convenido.
Si pagas tus impuestos atrasados voluntariamente ANTES de que el SAT te notifique un requerimiento o inicie facultades de comprobación, estás exento de MULTAS. Solo deberás pagar el impuesto omitido actualizado y los recargos moratorios.
No. El Artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación estipula expresamente que en ningún caso el factor de actualización podrá ser menor a 1.0000. Si en el periodo hubo deflación o el índice disminuyó, el factor se fija en 1.
Conforme al Artículo 67 del Código Fiscal de la Federación, las facultades de las autoridades fiscales para determinar créditos fiscales caducan normalmente en un plazo de 5 años. No obstante, si el contribuyente nunca se inscribió en el RFC o no presentó declaraciones, el plazo se amplía hasta 10 años.
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Evolución histórica del poder de compra y efecto de la inflación acumulada en su dinero.