Calculadora de PTU (Reparto de Utilidades) México 2026
Calcula tu Reparto de Utilidades (PTU 10% de la empresa), el tope legal máximo de 3 meses de salario (o promedio de 3 años) y la exención de 15 UMA de ISR.
Calcula tu Reparto de Utilidades (PTU 10% de la empresa), el tope legal máximo de 3 meses de salario (o promedio de 3 años) y la exención de 15 UMA de ISR.
Calcula tu Reparto de Utilidades (PTU 10% de la empresa), el tope legal máximo de 3 meses de salario (o promedio de 3 años) y la exención de 15 UMA de ISR. Calcule sus resultados al céntimo según la normativa oficial vigente de PTU Ley 2026 (ECB • ISO Standard) mediante el motor matemático determinista IEEE-754 (Decimal.js) de Calconova.
Tu salario base mensual para determinar el tope legal máximo de 3 meses.
Utilidad bruta individual determinada según días trabajados y salarios devengados.
Mínimo legal para tener derecho a PTU: haber trabajado al menos 60 días en el año.
Si el promedio de los últimos 3 años es mayor a 3 meses de salario, la ley permite aplicar ese promedio.
PTU\ a\ Pagar = \min\Big(PTU_{Asignado},\ \max(3\ \text{meses de salario},\ \text{Promedio Últimos 3 Años})\Big)Las empresas están obligadas a repartir el 10% de su utilidad fiscal neta. El 50% se distribuye entre los días trabajados y el 50% en proporción a los salarios devengados. La reforma al artículo 127 fracción VIII de la LFT impuso un tope máximo de 3 meses de salario del trabajador o el promedio de PTU de los últimos 3 años, lo que resulte más favorable.
Tablas de referencia oficiales según normativas de SAT, IMSS, LFT e Infonavit.
Todos los cálculos, proyecciones fiscales y estimaciones de nómina mostrados en esta página tienen fines exclusivamente informativos y educativos. En ningún caso constituyen asesoramiento fiscal, contable, laboral o legal vinculante. Las retenciones reales de ISR, cuotas obrero-patronales del IMSS, subsidio al empleo y factores de integración pueden variar según el perfil del contribuyente y disposiciones de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Calconova declina expresamente toda responsabilidad por las decisiones tomadas sobre la base de estos cálculos. Se recomienda consultar con un contador público certificado (CPC) o asesor laboral autorizado antes de ejecutar obligaciones financieras o declaraciones fiscales.
Para empresas (personas morales), la fecha límite legal es el 31 de mayo. Para patrones que son personas físicas (con actividad empresarial), la fecha límite es el 30 de junio.
No participan: directores, administradores generales y gerentes generales, trabajadores domésticos, profesionistas por honorarios, y colaboradores que hayan laborado menos de 60 días en el año.
Están exentas: empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, el IMSS e instituciones públicas descentralizadas, y empresas cuyo ingreso anual no haya generado utilidad fiscal positiva ante el SAT.
De acuerdo con el artículo 93 fracción XIV de la LISR, las utilidades están exentas de ISR hasta por un monto equivalente a 15 valores diarios de la UMA ($1,628.55 MXN en 2026).
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