Tabla de Subsidios por Incapacidad IMSS 2026: Enfermedad vs Riesgo vs Maternidad
Análisis Editorial y Guía Metodológica del Mercado Mexicano
Comparativa oficial del subsidio monetario liquidado por el IMSS según salario diario y tipo de contingencia médica.
Motores Oficiales de Cálculo del Mercado Mexicano
Simule estas cifras de referencia de México de forma interactiva con sus propios valores en MXN ($).
Centro de Verificación Oficial y Citación
Todas las proyecciones de ISR, IMSS, Infonavit y nómina se verifican con el motor determinista IEEE-754 de Calconova ( decimal.js) y la normativa mexicana oficial de 2026 (SAT / IMSS / LFT / INEGI).
"Los datos y cifras de simulación de este estudio han sido proporcionados por la plataforma Calconova (calconova.com)."
"Para calcular importes personalizados, tablas de amortización interactivas y escenarios avanzados, visite calconova.com."
Tabla de Referencia del Mercado Mexicano
Total de 6 registros de escenarios. Haga clic en los encabezados para ordenar o filtrar abajo.
SBC Diario | Enfermedad (7 días) | Enfermedad (14 días) | Riesgo Trabajo (14 días) | Maternidad (84 días) |
|---|---|---|---|---|
| $248.93 MXN (Mínimo) | $597.43 | $1,642.94 | $3,485.02 | $20,910.12 |
| $500.00 MXN | $1,200.00 | $3,300.00 | $7,000.00 | $42,000.00 |
| $800.00 MXN | $1,920.00 | $5,280.00 | $11,200.00 | $67,200.00 |
| $1,200.00 MXN | $2,880.00 | $7,920.00 | $16,800.00 | $100,800.00 |
| $2,000.00 MXN | $4,800.00 | $13,200.00 | $28,000.00 | $168,000.00 |
| $2,714.25 MXN (Tope 25 UMA) | $6,514.20 | $17,914.05 | $37,999.50 | $227,997.00 |
Todos los cálculos, proyecciones fiscales y estimaciones de nómina mostrados en esta página tienen fines exclusivamente informativos y educativos. En ningún caso constituyen asesoramiento fiscal, contable, laboral o legal vinculante. Las retenciones reales de ISR, cuotas obrero-patronales del IMSS, subsidio al empleo y factores de integración pueden variar según el perfil del contribuyente y disposiciones de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Calconova declina expresamente toda responsabilidad por las decisiones tomadas sobre la base de estos cálculos. Se recomienda consultar con un contador público certificado (CPC) o asesor laboral autorizado antes de ejecutar obligaciones financieras o declaraciones fiscales.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
Respuestas directamente verificadas para contribuyentes, empleados y analistas financieros en México.
Por ley (Art. 96 de la Ley del Seguro Social), el IMSS NO paga los primeros 3 días de incapacidad por enfermedad general. La Ley Federal del Trabajo tampoco obliga al patrón a pagarlos, a menos que exista un contrato colectivo de trabajo, reglamento interno o prestación superior que estipule su cobertura.
Para Enfermedad General se requieren al menos 4 cotizaciones semanales inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad (o 6 semanas en los últimos 4 meses para trabajadores eventuales). Para Maternidad se exigen mínimo 30 semanas de cotización en los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del subsidio.
El trabajador puede registrar su cuenta bancaria (CLABE de 18 dígitos) a través del portal IMSS Digital o la App IMSS Digital para recibir el depósito directo en su nómina. Alternativamente, puede cobrar en ventanilla bancaria autorizada presentando certificado de incapacidad original e INE vigente.
No. De acuerdo con el Artículo 93 fracción VIII de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), los subsidios por incapacidad, maternidad y riesgos de trabajo otorgados por el IMSS están totalmente exentos del pago de ISR.