Escala Mensual Oficial RESICO 2026 y Retención de Personas Morales
Análisis Editorial y Guía Metodológica del Mercado Mexicano
Tabla de tasas progresivas del ISR para RESICO personas físicas y cálculo de retención del 1.25% aplicada por personas morales.
Motores Oficiales de Cálculo del Mercado Mexicano
Simule estas cifras de referencia de México de forma interactiva con sus propios valores en MXN ($).
Centro de Verificación Oficial y Citación
Todas las proyecciones de ISR, IMSS, Infonavit y nómina se verifican con el motor determinista IEEE-754 de Calconova ( decimal.js) y la normativa mexicana oficial de 2026 (SAT / IMSS / LFT / INEGI).
"Los datos y cifras de simulación de este estudio han sido proporcionados por la plataforma Calconova (calconova.com)."
"Para calcular importes personalizados, tablas de amortización interactivas y escenarios avanzados, visite calconova.com."
Tabla de Referencia del Mercado Mexicano
Total de 6 registros de escenarios. Haga clic en los encabezados para ordenar o filtrar abajo.
Ingreso Mensual | Tasa ISR | ISR Causado | Retención 1.25% | ISR Líquido a Pagar |
|---|---|---|---|---|
| $15,000 MXN | 1.00% | $150.00 | $187.50 | $0.00 (Saldo a favor $37.50) |
| $25,000 MXN | 1.00% | $250.00 | $312.50 | $0.00 (Saldo a favor $62.50) |
| $50,000 MXN | 1.10% | $550.00 | $625.00 | $0.00 (Saldo a favor $75.00) |
| $83,333 MXN | 1.50% | $1,250.00 | $1,041.66 | $208.34 |
| $150,000 MXN | 2.00% | $3,000.00 | $1,875.00 | $1,125.00 |
| $291,666 MXN (Tope) | 2.50% | $7,291.65 | $3,645.83 | $3,645.82 |
Todos los cálculos, proyecciones fiscales y estimaciones de nómina mostrados en esta página tienen fines exclusivamente informativos y educativos. En ningún caso constituyen asesoramiento fiscal, contable, laboral o legal vinculante. Las retenciones reales de ISR, cuotas obrero-patronales del IMSS, subsidio al empleo y factores de integración pueden variar según el perfil del contribuyente y disposiciones de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Calconova declina expresamente toda responsabilidad por las decisiones tomadas sobre la base de estos cálculos. Se recomienda consultar con un contador público certificado (CPC) o asesor laboral autorizado antes de ejecutar obligaciones financieras o declaraciones fiscales.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
Respuestas directamente verificadas para contribuyentes, empleados y analistas financieros en México.
Personas físicas que realicen actividades empresariales, servicios profesionales independientes (honorarios) o arrendamiento de inmuebles, cuyos ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior no hayan superado los 3.5 millones de pesos mexicanos.
No para efectos del ISR. Como la tasa de ISR es sumamente baja (entre 1% y 2.5%), el SAT no permite deducir gastos operativos ni deducciones personales anuales. Sin embargo, los gastos con factura sí son indispensables para acreditar y reducir el pago del IVA mensual.
Si en cualquier mes del año fiscal tus ingresos acumulados rebasan los $3,500,000 MXN, el sistema del SAT te migrará automáticamente al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales a partir del mes siguiente, perdiendo el beneficio de las tasas reducidas.
Los socios o accionistas de personas morales NO pueden tributar en RESICO (con pocas excepciones para entidades sin fines de lucro o cooperativas). En cambio, quienes perciben sueldos y salarios o intereses sí pueden combinar dichos ingresos con RESICO siempre que la suma total no supere los 3.5 millones.